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Sentencia completa: los castigos a Red Bull por el límite de gastos

Red Bull y la FIA llegaron a un Acuerdo de Infracción Aceptado (ABA) y el órgano rector de la Fórmula 1 publicó las sanciones que deberán cumplir los austriacos.

Banderas de la FIA y F1

Un acuerdo de incumplimiento aceptado (ABA, por sus siglas en inglés) con fecha de 26 de octubre de 2022 ha sido aceptado por el Panel de Administración de Costes y Red Bull Racing (RBR) de acuerdo al Artículo 6.28 del Reglamento Financiero de la Fórmula 1 de la FIA.

La Administración del Límite de Costes admite que Red Bull ha actuado de manera cooperativa durante todo el proceso y ha tratado de proporcionar información y evidencias adicionales en el momento en el que se le han solicitado. Teniendo en cuenta que este es el primer año de aplicación del Reglamento Financiero, que es un conjunto muy complejo de reglas a las que los equipos debían adaptarse y que no existe una evidencia de que Red Bull haya buscado en algún momento actuar de mala fe, deshonestamente o de manera fraudulenta.

La Administración de Límite de Costes consideró apropiado, en estas circunstancias, ofrecerle a Red Bull un ABA para resolver todo lo sucedido, tal y como se establecen a continuación, dado que la infracción de gastos es mejor al 5% que establece el reglamento, y la muestra de voluntad de la escudería de aceptar las infracciones y cooperar con la Administración de límite de costos.

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Resumen del ABA (acuerdo de incumplimiento aceptado) entre Red Bull y la FIA:

  • Los costes relevantes presentados por Red Bull e informados en su documentación de toda la temporada de 2021 son de £114,293,000 (132.969.255 euros).
  • Después de la investigación de la Administración del Límite de Costes, se detectó una infracción cometida por Red Bull de acuerdo al Artículo 8.2 (e) del Reglamento Financiero debido a la presentación de un informe anual incorrecto con respecto al período del informe anual que finalizaba el pasado 31 de diciembre de 2021, ya que excluyó y/o ajustó de forma incorrecta los costes por un total de £5,607,000 (unos 6.5M de euros).
  • Se confirma una infracción de gastos menores cometida por Red Bull de acuerdo al artículo 8.10(b) del Reglamento financiero relacionado con los costes relevantes. En resumen, el gasto del equipo austriaco en 2021 fue de £118 036 000, es decir, se excedió en menos del 5%, en un total de £1 864 000 (2,1 millones de euros), 1,6% más de lo permitido.

Resumen de términos y sanciones del ABA entre Red Bull y la FIA:

De acuerdo con la investigación de la Administración del Límite de Costes, Red Bull ha reconocido que los informes presentados por ellos mismos incluían los siguientes errores:

  1. Gastos excluidos sobreestimados de acuerdo al Artículo 3.1 (a) del Reglamento Financiero (en relación con los servicios de catering).
  2. Gastos de acuerdo al Artículo 3.1(w) del Reglamento Financiero (contraprestación y contribuciones a la seguridad social de los empleados).
  3. Gastos de acuerdo al Artículo 3.1(h)(i) del Reglamento Financiero (relacionado con las Actividades fuera de la F1), ya que esos costes ya habían sido compensados dentro del informe de los costes totales.
  4. Gastos de acuerdo al Artículo 3.1(k) del Reglamento Financiero (respecto a la bonificación y las contribuciones a la seguridad social de los empleados).
  5. Subestimación de gastos relevantes respecto a una ganancia en la enajenación de activos fijos al no hacer el ajuste al alza que era necesario.
  6. Costos de conformidad con el Artículo 3.1(q) del Reglamento Financiero (respecto a las tasas de aprendizaje);
  7. Gastos de acuerdo al Artículo 3.1 (h) (ii) (i) del Reglamento Financiero (contribuciones de seguridad social de los empleados);
  8. Subestimación de los gastos relevantes respecto a las disposiciones establecidas en el Artículo 4.1(a)(i) del Reglamento Financiero (costes de uso de las unidades de potencia).
  9. Gastos de acuerdo al Artículo 3.1 (h) (i) del Reglamento Financiero ( (contraprestación y contribuciones a la seguridad social de los empleados).
  10. Subestimación de los gastos relevantes respecto al Artículo 4.1(f)(i)(B) del Reglamento Financiero (uso de inventarios);
  11. Error administrativo respecto al cálculo de RBR de ciertos costes recargados por Red Bull PowerTrains Limited.
  12. Ciertos gastos de viajes de acuerdo al Artículo 3.1(r) del Reglamento Financiero.
  13. Gastos de mantenimiento de acuerdo al Artículo 3.1(i) del Reglamento Financiero.

En consecuencia, sus gastos relevantes en el informe de 2021 excedieron el límite de costes de £1 864 000 (2,1 millones de euros), 1,6 % más de lo permitido. Por lo tanto, RBR ha aceptado que ha incumplido: (i) el Artículo 8.2 (e) del Reglamento Financiero con respecto al Periodo de Informe Anual de 2021, y (ii) el Artículo 8.10 (b) ) del Reglamento Financiero en relación a que no se mantuvieron por debajo del Límite de Costes de 2021.

Tras llegar a un acuerdo, Red Bull ha aceptado las siguientes sanciones de la FIA:

  • Red Bull debe pagar una sanción económica de 7 millones de dólares (7,04 millones de euros) a la FIA dentro de los 30 días siguientes a la fecha de publicación del ABA.
  • Red Bull recibe una sanción deportiva menor que limitará sus pruebas aerodinámicas durante un período de 12 meses a partir de la fecha de publicación del ABA mediante la aplicación de una reducción del 10% del Coeficiente C utilizado para calcular el tiempo de pruebas que posee cada equipo según lo establecido en el Artículo 6 del Apéndice 7 del Reglamento Deportivo de la Fórmula 1. Por ejemplo, si el Coeficiente C, que se basa en la posición del campeonato de RBR es del 70 %, el nuevo valor efectivo de C será: CNUEVO=70% x (1-0,10) = 63,0%.
  • Red Bull asume y abona los costes que ha tenido la Administración del Límite de Costes en relación con la preparación del ABA.

La decisión de la Administración del Límite de Costes con este ABA (acuerdo de incumplimiento aceptado) resuelve este asunto y prohíbe cualquier apelación.

El incumplimiento por parte de Red Bull de cualquiera de los términos del ABA dará lugar a una nueva infracción de procedimiento según los Artículos 6.30 y 8.2(f) del Reglamento Financiero y automáticamente sería enviado al Panel de Adjudicación de Costes.

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